Normativa

Locales con riesgo de incendio o explosión: zonas, equipos y cableado (ITC-BT-29)

2 de octubre de 2026 · 13 min de lectura

En un taller de pintura, una nave con harina o un garaje con surtidor, una chispa normal de un interruptor puede ser el origen de una explosión. La ITC-BT-29 establece cómo deben ser las instalaciones eléctricas donde hay atmósferas potencialmente explosivas, de modo que la instalación no pueda ser, dentro de límites razonables, la causa de la inflamación.

Qué cubre y qué no

Se aplica a emplazamientos donde se fabrican, procesan, manipulan, tratan, utilizan o almacenan sustancias sólidas, líquidas o gaseosas capaces de inflamarse, deflagrar o explosionar con el oxígeno del aire. Solo considera el riesgo de coexistencia de equipos eléctricos y atmósfera explosiva; otras fuentes de ignición se rigen por su normativa.

Quedan fuera los equipos excluidos del RD 400/1996 (directiva 94/9/CE) y los entornos con reglamentación particular. Si hay riesgo simultáneo de gas y polvo, o atmósferas enriquecidas en oxígeno, pueden requerirse medidas especiales justificadas en el proyecto.

Cómo se alcanza la seguridad

La instrucción se basa en tres ideas:

  1. Clasificar el emplazamiento según el riesgo de que haya atmósfera explosiva.
  2. Usar equipos construidos y seleccionados según esa clasificación.
  3. Mantener la instalación, inspeccionarla y repararla de forma que las condiciones de seguridad no se degraden.

La clasificación la hace un técnico competente, que justifica los criterios y procedimientos; su decisión tiene preferencia sobre las interpretaciones literales de los ejemplos.

Clases y zonas

Clasificación de emplazamientos con atmósfera explosiva. Clase I para gases, vapores y nieblas con zonas 0, 1 y 2; Clase II para polvo con zonas 20, 21 y 22. Matriz de categorías de equipo: la categoría 1 se admite en todas las zonas, la categoría 2 en las zonas 1 y 2 y 21 y 22, y la categoría 3 solo en las zonas 2 y 22.Zonas y categorías de equiposClase I · gases, vapores y nieblas0Presente de forma permanente o prolongada1Formación ocasional en funcionamiento normal2No se espera; si aparece, muy breveClase II · polvo inflamable20Nube de polvo permanente o prolongada21Nube ocasional en funcionamiento normal22No se espera; si aparece, muy breveCategoría del equipo y zonas en que se admiteEquipoZona 0 / 20Zona 1 / 21Zona 2 / 22Categoría 1✓✓✓Categoría 2✕✓✓Categoría 3✕✕✓Un equipo protegido para gases no garantiza protección frente a polvo, y viceversa.
Zonas de Clase I (gases) y Clase II (polvo), y categorías de equipos admitidas en cada una.
  • Clase I: gases, vapores o nieblas (incluye lugares con líquidos inflamables).
    • Zona 0: atmósfera explosiva presente de modo permanente, durante periodos prolongados o frecuentemente.
    • Zona 1: cabe contar con su formación ocasional en funcionamiento normal.
    • Zona 2: no cabe contar con ella en funcionamiento normal o, si se forma, dura muy poco.
  • Clase II: polvo inflamable.
    • Zona 20: nube de polvo presente de forma permanente, prolongada o frecuente (típicamente, el interior de conducciones o recipientes). Las capas de polvo por sí mismas no constituyen zona 20.
    • Zona 21: formación ocasional de nube de polvo en funcionamiento normal (por ejemplo, junto a puntos de llenado o vaciado).
    • Zona 22: no cabe contar con ella; si se forma, es por poco tiempo (entornos próximos a sistemas con fugas posibles y depósitos de polvo).

Las normas de referencia para definir zonas son UNE-EN 60079-10 (gases) y CEI 61241-3 (polvo).

Ejemplos de emplazamientos peligrosos (orientativos)

Clase I: trasvase de líquidos volátiles inflamables; garajes y talleres de reparación de vehículos (se excluyen los garajes privados de 5 vehículos o menos); cabinas de pintura con pulverización y disolventes; secaderos con disolventes inflamables; locales de extracción de grasas con disolventes; depósitos de líquidos inflamables abiertos; lavanderías y tintorerías con líquidos inflamables; salas de gasógenos; instalaciones con gases inflamables; salas de bombas o compresores de líquidos y gases inflamables; interiores de frigoríficos con materias inflamables en recipientes abiertos o poco consistentes.

Clase II: industria alimentaria con granos y derivados; industrias químicas y farmacéuticas que producen polvo; pulverización de carbón; coquización; azufre; polvos metálicos ligeros (aluminio, magnesio); almacenes y muelles con sacos o contenedores de materiales pulverulentos; textiles (algodón, lino, fibras); talleres de confección; carpinterías y procesado de madera.

Selección de equipos

Los equipos eléctricos y sistemas de protección para estos emplazamientos deben cumplir el RD 400/1996; los que no entren en su ámbito y tengan norma, se aceptan con certificación de organismos de control autorizados (RD 2200/1995).

El procedimiento para elegir un equipo:

  1. Caracterizar la sustancia o sustancias del proceso.
  2. Clasificar el emplazamiento.
  3. Seleccionar el equipo con la categoría admitida en esa zona, y con el rango de temperatura adecuado (si la ambiente no está entre −20 ºC y +40 ºC, el equipo debe estar marcado para su rango).
  4. Instalarlo según las instrucciones del fabricante.
Categoría Nivel de protección Gas (zonas) Polvo (zonas)
1 Muy alto 0, 1 y 2 20, 21 y 22
2 Alto 1 y 2 21 y 22
3 Normal 2 22

Modos de protección que define la instrucción: antideflagrante “d” (envolvente que soporta la explosión interna y no la transmite), inmersión en aceite “o” (restringida a equipos fijos sin elementos generadores de arco en el líquido) y seguridad intrínseca “i” (el circuito no puede producir chispa ni efecto térmico capaz de inflamar, ni siquiera en fallo especificado).

Un equipo con protección para gases no garantiza protección frente al polvo. Cada caso se evalúa con su propia norma (UNE-EN 60079-14 para gases y EN 50281-1-2 para polvo).

Condiciones generales

  • Siempre que se pueda, los equipos eléctricos se ubican en áreas no peligrosas; si no es posible, donde haya menor riesgo.
  • Instalar según la documentación del equipo y cuidar que las piezas recambiables (lámparas, por ejemplo) sean las correctas.
  • Inspecciones según UNE-EN 60079-17; reparaciones según CEI 60079-19.
  • Trabajos excepcionales (soldadura en reparaciones, plantas piloto…): se puede no cumplir todo si la operación es limitada, está supervisada por personal formado, se previene la atmósfera peligrosa, el equipo se desconecta si aparece y se protege a las personas, con las medidas comunicadas por escrito y un permiso especial de trabajo del responsable de la planta.

Documentación

El proyecto de las instalaciones nuevas o ampliaciones incluye: clasificación de emplazamientos y plano, adecuación de la categoría de los equipos a cada zona, instrucciones de implantación, instalación y conexión, y condiciones especiales de uso. El propietario conserva: copia del proyecto definitivo, manuales de instrucciones, declaraciones de conformidad de los equipos, documentos del sistema (si es de seguridad intrínseca) y todo documento relevante para la seguridad.

Cableado

  • Tensión asignada mínima 450/750 V (salvo seguridad intrínseca, que sigue sus normas).
  • Entradas de cables y tubos según el modo de protección del equipo; los orificios sin usar se cierran con piezas del mismo modo de protección.
  • La intensidad admisible se reduce un 15 % respecto a una instalación convencional.
  • Todo cable de 5 m o más está protegido contra sobrecargas y cortocircuitos: para sobrecarga, con la intensidad ya reducida; para cortocircuito, considerando el valor máximo (defecto al principio del cable) y el mínimo (defecto bifásico franco al final).
  • En el paso de una zona a otra, o de zona peligrosa a no peligrosa, hay que impedir el paso de gases, vapores o líquidos inflamables: sellado de zanjas, tubos y bandejas, ventilación adecuada o relleno con arena.

Ejemplo: ajuste de la intensidad

Una línea de un taller de pintura cuyo cable admite 26 A en instalación convencional:

I_z (zona peligrosa) = 0,85 · 26 = 22,1 A

La protección contra sobrecarga debe cumplir, con este valor reducido de I_z, la condición I_B ≤ I_n ≤ I_z: un magnetotérmico de 25 A ya no vale; hay que usar uno de 20 A, o aumentar la sección.

Cables permitidos

Instalación fija:

  • Cables de 450/750 V aislados con mezclas termoplásticas o termoestables, bajo tubo metálico rígido o flexible (UNE-EN 50086-1); o
  • Cables con protección mecánica propia: con aislamiento mineral y cubierta metálica (UNE 21157-1) o armados con alambre de acero galvanizado y cubierta externa no metálica (serie UNE 21.123).
  • Reacción al fuego según UNE 20432-3.

Equipos portátiles o móviles: cables con cubierta de policloropreno (UNE 21027-4 o UNE 21150), aptos para servicio móvil, 450/750 V, flexibles, sección mínima 1,5 mm², y como máximo 30 m, restringidos a lo estrictamente necesario.

Tubos y canales

Característica Tubos Canales (lado mayor ≤ 16 mm / > 16 mm)
Compresión 4 (fuerte) —
Impacto 4 (fuerte) Fuerte
Temperatura mínima −5 ºC +15 ºC / −5 ºC
Temperatura máxima +60 ºC +60 ºC
Penetración de sólidos 4 (objetos ≥ 1 mm) 4 / no inferior a 2
Propagación de la llama No propagador No propagador

Los tubos que se conectan a aparatos antideflagrantes con cortafuegos son más exigentes: resistencia a 3 MPa durante 1 minuto (acero sin soldadura galvanizado o conforme a UNE-EN 50086 con grados muy fuerte de compresión e impacto, entre otros). Si hay vibraciones, tubos metálicos corrugados resistentes a la oxidación. Los tubos conductores se conectan a tierra con continuidad asegurada (flexibles metálicos: puestas a tierra a distancias limitadas).

Errores frecuentes

  1. Equipo “estanco” sin certificado ATEX instalado en una zona clasificada.
  2. Categoría 3 en zona 1, o equipo de gas en una zona de polvo.
  3. No sellar el paso de tubos entre zona peligrosa y no peligrosa.
  4. Olvidar la reducción del 15 % de intensidad admisible.
  5. Cable móvil de más de 30 m o de menos de 1,5 mm².
  6. Clasificar sin técnico competente ni documentar el plano de zonas.
  7. Sustituir una lámpara o un fusible por otros de características distintas.
  8. Mantener sin seguir la UNE-EN 60079-17.
  9. Olvidar los garajes de más de 5 vehículos y talleres como emplazamientos de Clase I.

Conclusión

La ITC-BT-29 reduce el riesgo en tres pasos: conocer la sustancia, clasificar la zona y elegir el equipo con la categoría que esa zona admite; el cableado se reserva con intensidad reducida, protección en cada tramo de 5 m o más y sellado en las transiciones. Es un campo donde conviene el criterio de un técnico especializado.

Antes de proyectar, consulta siempre el texto vigente del reglamento, las normas UNE-EN 60079 y el RD 400/1996 (y su sucesor, en vigor para equipos y sistemas de protección).

Fuentes

  • Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (RD 842/2002) — texto consolidado en el BOE: ITC-BT-29 (locales con riesgo de incendio o explosión).

Texto del REBT contrastado con la versión consolidada del BOE (última actualización: 3 de septiembre de 2025). Revisado el 2 de octubre de 2026. El ejemplo de la reducción del 15 % es ilustrativo.

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