Antes de elegir un solo cable hay que saber cuánta potencia va a tener que transportar la instalación. La previsión de cargas es ese paso: de ella dependen la acometida, la línea general de alimentación y las derivaciones individuales. Si se queda corta, la instalación no aguanta. Si se hace sin criterio, se sobredimensiona y se encarece.
La ITC-BT-10 del REBT fija cómo se calcula. Aquí la recorremos con un edificio resuelto de principio a fin.
Grados de electrificación de una vivienda
La carga máxima por vivienda depende del grado de utilización que se desee. El REBT define dos:
- Electrificación básica: la necesaria para cubrir las necesidades de utilización primarias sin obras posteriores de adecuación. Debe permitir usar los aparatos eléctricos de uso común.
- Electrificación elevada: viviendas con previsión de más aparatos electrodomésticos que en la básica, con calefacción eléctrica o aire acondicionado, con superficie útil superior a 160 m², con instalación para la recarga del vehículo eléctrico (en viviendas unifamiliares), o cualquier combinación de estos casos.
Y la potencia mínima a prever en cada vivienda de nueva construcción:
| Grado | Potencia a prever | Intensidad a 230 V |
|---|---|---|
| Básica | no inferior a 5.750 W a 230 V | 25 A |
| Elevada | no inferior a 9.200 W | 40 A |
Fíjate en que no son números caprichosos: 5.750 W / 230 V = 25 A, el interruptor general mínimo de una vivienda, y 9.200 W / 230 V = 40 A. La propia ITC-BT-10 lo dice: la potencia a prever se corresponde con la capacidad máxima de la instalación, definida por la intensidad asignada del interruptor general automático (ITC-BT-25).
Esa potencia es independiente de la que luego contrate cada usuario, que depende del uso que haga de la instalación.
La carga total de un edificio de viviendas
La carga total de un edificio destinado principalmente a viviendas es la suma de cuatro partes:
P_edificio = P1 + P2 + P3 + P4
- P1: el conjunto de viviendas.
- P2: los servicios generales.
- P3: los locales comerciales y oficinas.
- P4: los garajes.
A estas se suma, si hay recarga de vehículos eléctricos, P5 (lo vemos más abajo).
P1. Las viviendas y la simultaneidad
No todas las viviendas consumen su máximo a la vez. Por eso el REBT no suma sus potencias sin más: multiplica la media aritmética de las potencias máximas previstas en cada vivienda por un coeficiente de simultaneidad que depende del número de viviendas (tabla 1 de la ITC-BT-10):
P1 = media(potencias) · coeficiente(n)
| N.º de viviendas | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Coeficiente | 1 | 2 | 3 | 3,8 | 4,6 | 5,4 | 6,2 | 7 | 7,8 | 8,5 | 9,2 |
| N.º de viviendas | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Coeficiente | 9,9 | 10,6 | 11,3 | 11,9 | 12,5 | 13,1 | 13,7 | 14,3 | 14,8 | 15,3 |
Para más de 21 viviendas, el coeficiente es:
15,3 + (n − 21) · 0,5
Una excepción importante: si el edificio está previsto para la tarifa nocturna, la simultaneidad es 1, es decir, el coeficiente es igual al número de viviendas.
P2. Servicios generales
Es la suma de la potencia prevista en ascensores, aparatos elevadores, centrales de calor y frío, grupos de presión, alumbrado de portal, caja de escalera y espacios comunes, y en todo el servicio eléctrico general del edificio. Sin ningún factor de reducción: el factor de simultaneidad es 1.
P3. Locales comerciales y oficinas
Se calcula con un mínimo de 100 W por metro cuadrado y planta, con un mínimo por local de 3.450 W a 230 V y coeficiente de simultaneidad 1.
P4. Garajes
Se calcula con un mínimo de 10 W por metro cuadrado y planta para garajes de ventilación natural y 20 W para los de ventilación forzada, con un mínimo de 3.450 W a 230 V y coeficiente de simultaneidad 1. Si por la normativa de protección contra incendios hace falta ventilación forzada para evacuar humos, la previsión de cargas del garaje se estudia de forma específica.
Otros edificios
Para edificios comerciales, de oficinas o industriales, la ITC-BT-10 indica que, en general, la demanda de potencia determinará la carga, que no podrá ser nunca inferior a:
| Tipo de edificio | Mínimo |
|---|---|
| Comerciales o de oficinas | 100 W/m² y planta, con mínimo de 3.450 W por local; coeficiente de simultaneidad 1 |
| Concentración de industrias | 125 W/m² y planta, con mínimo de 10.350 W por local; coeficiente de simultaneidad 1 |
Recarga de vehículos eléctricos
La carga de los aparcamientos con infraestructura de recarga se trata así:
- Viviendas unifamiliares: si tienen infraestructura para recargar un vehículo, se considera grado de electrificación elevado.
- Aparcamientos colectivos en edificios en propiedad horizontal: la previsión es 3.680 W multiplicados por el 10 % del total de plazas construidas. Esa suma se multiplica por el factor de simultaneidad que corresponda y se suma a la del resto del edificio.
La ITC-BT-52 precisa el factor: 0,3 si se instala un sistema de protección de la línea general de alimentación (SPL), que reduce momentáneamente la recarga para evitar sobrecargas, y 1,0 si no se instala:
P_edificio = (P1 + P2 + P3 + P4) + 0,3 · P5 (con SPL)
P_edificio = (P1 + P2 + P3 + P4) + P5 (sin SPL)
Ejemplo resuelto
Un edificio de 20 viviendas (16 con electrificación básica y 4 con elevada), dos locales comerciales de 60 m² y 80 m² (planta baja), un garaje de ventilación natural de 500 m² con 20 plazas y servicios generales con dos ascensores de 4.500 W, alumbrado común de 2.000 W y un grupo de presión de 3.000 W. Los datos del edificio son ilustrativos.
P1 (viviendas). Primero la media aritmética de las potencias máximas:
media = (16 · 5.750 + 4 · 9.200) / 20 = 128.800 / 20 = 6.440 W
Y el coeficiente para 20 viviendas es 14,8:
P1 = 6.440 · 14,8 = 95.312 W
P2 (servicios generales). Sin reducción:
P2 = 2 · 4.500 + 2.000 + 3.000 = 14.000 W
P3 (locales). A 100 W/m², con el mínimo de 3.450 W por local:
P3 = 60 · 100 + 80 · 100 = 14.000 W
P4 (garaje). A 10 W/m², ventilación natural:
P4 = 500 · 10 = 5.000 W
P5 (recarga). El 10 % de 20 plazas son 2 plazas:
P5 = 2 · 3.680 = 7.360 W
Total. Con sistema de protección de la línea general (SPL):
P_edificio = 95.312 + 14.000 + 14.000 + 5.000 + 0,3 · 7.360 = 130.520 W
Y sin SPL, el total sube a:
P_edificio = 95.312 + 14.000 + 14.000 + 5.000 + 7.360 = 135.672 W
Intensidad aproximada de la línea general. Con un factor de potencia de 0,9 (valor ilustrativo) en trifásica a 400 V:
I = P / (√3 · U · cos φ) = 130.520 / (1,732 · 400 · 0,9) ≈ 209 A
Con el total sin SPL saldrían unos 218 A. Con esos datos se dimensionaría la LGA, comprobando también la caída de tensión (0,5 % o 1 % según el tipo de centralización, como vimos en Límites de caída de tensión en el REBT) y la intensidad admisible.
Suministros monofásicos
Un detalle práctico: las empresas distribuidoras están obligadas, siempre que lo solicite el cliente, a efectuar el suministro de forma que permita el funcionamiento de cualquier receptor monofásico de hasta 5.750 W a 230 V, hasta un suministro de potencia máxima de 14.490 W a 230 V.
Errores frecuentes
- Sumar las potencias de las viviendas sin aplicar la simultaneidad. Sobredimensiona la acometida y la LGA.
- Aplicar simultaneidad a los servicios generales, locales o garajes. El REBT fija en estos casos coeficiente 1.
- Olvidar los mínimos por local o por garaje (3.450 W, 10.350 W en industrias).
- Calcular la media sobre el número equivocado. La media es de las potencias máximas previstas en cada vivienda del conjunto, con grados distintos si los hay.
- No considerar la recarga de vehículos eléctricos en garajes nuevos o en reformas, ni la posibilidad de usar un sistema de protección de la línea general.
- Confundir potencia prevista con potencia contratada. La primera dimensiona la instalación; la segunda es la que paga el usuario.
Conclusión
La previsión de cargas es mucho más que una suma. Se parte de la potencia mínima por vivienda (5.750 W o 9.200 W), se aplica la simultaneidad al conjunto de viviendas, se añaden sin reducción los servicios generales, locales y garajes, y, si procede, la recarga de vehículos eléctricos con su factor.
Antes de proyectar, consulta siempre el texto vigente del reglamento y las normas de aplicación.
Fuentes
- Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (RD 842/2002) — texto consolidado en el BOE: ITC-BT-10 (previsión de cargas para suministros en baja tensión), ITC-BT-25 (instalaciones interiores en viviendas) e ITC-BT-52 (recarga de vehículos eléctricos).
Texto del REBT contrastado con la versión consolidada del BOE (última actualización: 3 de septiembre de 2025). Revisado el 2 de octubre de 2026. Los datos del edificio de ejemplo y el factor de potencia son ilustrativos.
Relacionado: Límites de caída de tensión en el REBT · Monofásica o trifásica: potencia e intensidad
