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Locales de pública concurrencia: servicios de seguridad y alumbrado de emergencia (ITC-BT-28)

Ficha resumen · Reglamento electrotécnico para baja tensión (Real Decreto 842/2002)

La ITC-BT-28 garantiza el funcionamiento de los servicios de seguridad (alumbrado de emergencia, sistemas contra incendios, ascensores…) en los locales donde se reúne público.

Ámbito

  • Espectáculos y actividades recreativas, cualquiera que sea su capacidad (cines, teatros, estadios, salas de fiesta, discotecas…).
  • Reunión, trabajo y usos sanitarios, cualquiera que sea su ocupación: templos, museos, hoteles, bares y restaurantes, aeropuertos, estaciones, estacionamientos cerrados de más de 5 vehículos, hospitales, guarderías…
  • Con más de 50 personas: bibliotecas, centros de enseñanza, comercios, oficinas con público, gimnasios, etc.
  • Locales BD2, BD3 y BD4 y cualquier otro de más de 100 personas.

Ocupación prevista: 1 persona por 0,8 m² de superficie útil (sin pasillos, vestíbulos ni servicios).

Alimentación de los servicios de seguridad

Categoría (tiempo de conmutación) Disponible en
Sin corte Continuamente
Corte muy breve ≤ 0,15 s
Corte breve ≤ 0,5 s
Corte mediano ≤ 15 s
Corte largo > 15 s

El alumbrado de emergencia tiene alimentación automática con corte breve. Las fuentes (baterías, generadores independientes o derivaciones separadas de la red realmente independientes) van en lugar fijo, accesible solo a personal cualificado, y las fuentes propias se ponen en marcha al faltar la tensión o bajar del 70 %.

Suministro Quién lo necesita
Alumbrado de emergencia Todos los locales de pública concurrencia
De socorro Espectáculos (cualquier ocupación) y reunión, trabajo y sanitarios con más de 300 personas
De reserva Hospitales y centros sanitarios, estaciones y aeropuertos, estacionamientos subterráneos de más de 100 vehículos, comercios o centros de más de 2.000 m², estadios y pabellones deportivos

Si un local cumple ambos, se instala el de reserva.

Alumbrado de seguridad

Tipo Iluminancia mínima Uniformidad Duración
Evacuación 1 lux en el suelo del eje de los pasos principales; 5 lux en equipos manuales contra incendios y cuadros < 40 ≥ 1 hora
Ambiente (antipánico) 0,5 lux del suelo a 1 m de altura < 40 ≥ 1 hora
Zonas de alto riesgo 15 lux o el 10 % de la normal (el mayor) < 10 Lo necesario para abandonar la actividad

Reemplazamiento: en hospitalización, 5 lux durante 2 horas; en quirófanos, cuidados intensivos y urgencias, el nivel normal durante 2 horas.

Obligatorio en recintos y recorridos de evacuación de más de 100 personas, aseos generales, aparcamientos de más de 5 vehículos, salidas y señales de seguridad, cambios de dirección e intersecciones, cerca (< 2 m) de escaleras, cambios de nivel, primeros auxilios y extintores, y cuadros de distribución.

Aparatos

  • Autónomos: todos sus elementos en la luminaria o a menos de 1 m.
  • Fuente central: cuadro fuera del alcance del público con voltímetro clase 2,5; líneas con automáticos de ≤ 10 A, no más de 12 puntos de luz por línea y, si hay varios en un local, repartidos al menos en dos líneas; canalizaciones a 5 cm de otras eléctricas.

Instalación general

  • Cuadro general cerca de la entrada; receptores de más de 16 A alimentados directamente de cuadros general o secundarios; cuadros sin acceso del público.
  • El corte de una línea de alumbrado en sala con público no afecta a más de la tercera parte de las lámparas.
  • Cables 450/750 V bajo tubo o canal, no propagadores del incendio y de baja emisión de humos; los circuitos de seguridad no autónomos mantienen el servicio durante y después del incendio (UNE-EN 50200).
  • Espectáculos: alumbrado de evacuación permanente durante el espectáculo y balizamiento de peldaños y rampas de más del 8 %.

Para ampliar

Locales de pública concurrencia y alumbrado de emergencia · Transferencia automática red–grupo

Ficha orientativa elaborada a partir del texto consolidado del REBT (BOE, Real Decreto 842/2002). El texto aplicable es el del BOE.

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